Cargando sitio

El embeleco del «estado de opinión»

La confusa idea gubernamental –expresada al desgaire– acerca del estado de opinión, fase superior del estado de derecho, ha suscitado numerosas reflexiones en destacados filósofos y politólogos, las que han sido publicadas en diversos medios. En su gran mayoría adoptan posiciones críticas negativas y una que otra se pliega complaciente a considerar tal idea como una teoría novedosa. Todas, sinembargo, fuertemente coloreadas desde el punto de vista emotivo , como diría Perelman.

Los análisis giran fundamentalmente alrededor del contraste entre la idea del gobierno y lo que significa el estado de derecho, o el estado social de derecho; entre los conceptos de democracia y populismo. Algunos acercan la idea del estado de opinión a lo ocurrido con el nacionalsocialismo. Otros toman como punto de referencia la necesidad de controles, tanto horizontales como verticales, para evitar la siempre nefasta concentración del poder en un hombre o en un grupo dentro de una sociedad. Y, como es inevitable, todos se apoyan, de una u otra manera, en grandes clásicos de la filosofía política, del pasado o del presente.

Aunque comparto en gran medida los análisis de la mayoría y hasta participo de emociones parecidas, la reflexión que propongo la hago desde un plano diferente.

Colombia: una empresa política fracasada

Esta afirmación se puede apoyar incluso en los textos de los filósofos antiguos, pero para estas breves consideraciones me valdré solamente de tres ideas. El concepto estado de derecho, una expresión dicotómica que usan algunos filósofos modernos para contraponerlo al de estado de naturaleza. Se trataría del paso del estado de guerra al de paz, como en Hobbes. O del estado de brutal libertad o de libertad sin leyes, al estado de civilidad, como en Kant.

Por otra parte, tal concepto está íntimamente ligado al concepto de contrato social, mediante el cual se explica el origen de la legitimidad del estado y, con esto, de la autoridad del gobernante. Esta explicación se hizo necesaria al abandonarse la idea de que, de alguna manera, el origen del poder tenía conexión divina o hereditaria.

Al observar nuestro alrededor, como hizo Hobbes cuando escribió Leviatán, lo que nos encontramos es algo muy parecido a lo que él veía y a lo que llamó estado de naturaleza. Sus palabras bien podrían describir la forma de vida de millones de colombianos: “La guerra –dice en el texto mencionado– no consiste solamente en batallas o en el acto de luchar, sino en un período en el que la voluntad de confrontación violenta es suficientemente declarada. (…). Las consecuencias que se derivan de los tiempos de guerra, en los que cada hombre es enemigo de cada hombre, se derivan también de un tiempo en el que los hombres viven sin otra seguridad que no sea la que les procura su propia fuerza y su habilidad para conseguirla. (…). Y lo peor de todo, hay un constante miedo y un constante peligro de perecer con muerte violenta. Y la vida del hombre es solitaria, pobre, desagradable, brutal y corta.” .

La forma de evitar semejante estado de naturaleza es mediante el estado de derecho, que se consigue al realizar –imaginativamente– un pacto o contrato, al que, en los días que corren, se llama Constitución Nacional, que sigue teniendo, como en la concepción hobbesiana, los supuestos de la igualdad y de la libertad humanas. Pero no solamente eso: Hobbes tiene claro que en el estado de naturaleza no se puede hablar ni de justicia ni de injusticia: “Donde no hay un poder común no hay ley; y donde no hay ley, no hay justicia. (…) La justicia y la injusticia se refieren a los hombres cuando están en sociedad, no en soledad” .

Ahora bien, para que tal estado de civilidad se mantenga, es preciso que se cumplan las leyes a las que Hobbes denomina leyes de la naturaleza, que hoy llamaríamos mínimos morales y que anuncian o prefiguran lo que más tarde se llamarán derechos del hombre. Ahondar en esto me llevaría mucho tiempo, por lo que me limito a afirmar que, aunque es verdad que desde el punto de vista de Hobbes es el miedo humano a perder la vida y la libertad lo que obliga –si no se quiere perderlas–, a establecer el contrato, es también verdad –lo que no se suele tener presente–, que no se trata de cualquier pacto. El mismo Hobbes habla de derechos inalienables, que son justamente los que acabo de mencionar y a cuyo mantenimiento son indispensables los “mínimos morales”.

En muchas constituciones actuales se hace explícita la idea que acabo de esbozar definiendo al estado como estado social de derecho.

Hay algo más en Hobbes que me permite conectar con la tercera idea de las arriba anunciadas. Me refiero a un pasaje que también se pasa por alto cuando de hablar de Hobbes se trata y es el siguiente; “Convenir es un acto de voluntad, es decir, un acto que resulta ser el último en el proceso deliberador. Y lo que se conviene es siempre entendido como algo que está por venir y que es juzgado como algo posible por quien ha convenido realizarlo” .

Ya he dicho algo sobre el estado de civilidad como contraparte del estado de naturaleza. También del estado de derecho como consecuencia de un pacto que da legitimidad al poder del gobernante. Quiero ahora referirme a la idea que Lon L. Fuller tiene del derecho. Este autor lo considera como “la empresa de sujetar la conducta humana al gobierno de las leyes”. Al hacer énfasis en el concepto de empresa, lo que Fuller nos está diciendo es que, como explica más adelante, “A diferencia de las más modernas teorías del derecho, esta opinión trata del derecho como una actividad y considera a un sistema legal como resultado de un esfuerzo continuo encaminado a un fin”

Fuller propone esa idea de derecho para contraponerla a otras, por ejemplo, la de que el “derecho consiste en la existencia del orden público”, o la que considera la fuerza como lo distintivo del derecho, es decir, el carácter coercitivo del sistema jurídico. Que estas ideas hayan hecho carrera es lo que justifica plenamente la calificación explícita de que cuando se habla de estado, como en Colombia, se hable de estado social.

Con sólo estos pocos elementos podemos comprender por qué afirmo que Colombia es una empresa política fracasada. No hemos podido salir completamente del estado de naturaleza, como lo evidencia, tanto el estudio de nuestro pasado –como el que ha hecho Pardo Rueda en su Historia de las Guerras en Colombia–, como el hecho hoy real de la existencia de miles de individuos armados, tanto de izquierda como de derecha.

Evidencia de lo mismo son la nueve constituciones de “diámetro nacional” –como las denomina Carlos Restrepo Piedrahita–, que van desde la de 1821 hasta la de 1991, ya vuelta jirones, de manera especial en los últimos años. ¿Por qué –a mi entender– ha fracaso esta empresa de sujetar la conducta de los colombianos al gobierno de las leyes? Por una razón muy simple, explicada desde los comienzos de la filosofía política.

Casi todos los autores: Platón, Aristóteles, Polibio, Cicerón, Maquiavelo, Hobbes, Montesquieu, cuando se refieren a uno de esos temas recurrentes, como los llama Bobbio, a saber, el de las formas de gobierno, clasifican entre éstas, aunque con variantes, la monarquía, la aristocracia y la democracia, formas todas positivas, y las correspondientes degeneradas o negativas: la tiranía, la oligarquía y la oclocracia, término este último usado por Platón y por Aristóteles, que no hizo carrera, pero que significa, “gobierno de la muchedumbre o de la multitud” ¿Por qué se degeneran las formas positivas? Porque se deja de atender al bien común y se atiende al particular. Porque en vez de la utilidad pública, lo que prima es el interés de los gobernantes.

Puesto que para los autores mencionados no hay una forma pura de gobierno que sea óptima, la mejor será un gobierno mixto, que combine las mejores ventajas de cada una de las tres, que es lo que finalmente viene a cristalizar en la obra maestra de Montesquieu, fuente del constitucionalismo moderno y que ha sostenido a los países civilizados y que bien vale la pena recordar en estos momentos tan ingratos que se viven en Colombia:

Cuando el poder legislativo y el poder ejecutivo se reúnen en la misma persona o el mismo cuerpo, no hay libertad; falta la confianza, porque puede temerse que el monarca o el senado hagan leyes tiránicas y las ejecuten ellos mismos tiránicamente. No hay libertad si el poder de juzgar no está deslindado del poder legislativo y del poder ejecutivo. Si no está separado del poder legislativo, se podría disponer arbitrariamente de la libertad y la vida de los ciudadanos; como que el juez es legislador. Si no está separado del poder ejecutivo, el juez podría tener la fuerza de un opresor. Todo se habría perdido si el mismo hombre, la misma corporación de próceres, la misma asamblea del pueblo ejerciera los tres poderes; el de dictar leyes, el de ejecutar las relaciones públicas y el de juzgar los delitos o los pleitos entre los particulares.

Lo que a ninguno de los distinguidos filósofos se les ocurrió fue que pudiese haber una combinación de los peores vicios de cada una de las tres formas desviadas de gobierno que, en muchos aspectos, es la que se ha dado en Colombia, con escasos períodos de excepción. Si esto es así, me parece que la discusión de los filósofos y politólogos colombianos a quienes me refería al comienzo, siendo válida, no deja de ser apropiada más que en los ámbitos académicos y se deja caer dentro de la estrategia gubernamental ya conocida: la de desviar la atención hacia la periferia de los problemas, razón por la cual llamé estas notas con el título El embeleco del estado de opinión , en el que la palabra embeleco hay que entenderla en las acepciones 1 y 3 del diccionario de la RAE, es decir: Embuste, engaño y Juego, enredo, montaje, complicación.

Representación y participación

Se nos ha dicho que “El equilibrio entre la democracia participativa y la democracia representativa ha logrado que la opinión pública, en creciente actividad, sea el factor determinante del producto legislativo. Es una democracia de opinión en la determinación del contenido de las leyes”.

Es verdad que desde hace mucho tiempo buena parte de los colombianos han participado en la elección, más o menos fraudulenta, de lo que Gaetano Mosca llama “la clase política”, es decir, de “la minoría organizada que gobierna, desempeña todas las funciones políticas, monopoliza el poder y disfruta de la ventajas que van unidas a él”. Digo más o menos fraudulenta porque todos sabemos de las truculencias mediante las cuales los líderes políticos consiguen su representación, más en los últimos años, si tenemos en mente el fenómeno paramilitar y el del dinero que viene del narcotráfico, que no ha servido para salir del estado de naturaleza, como traté de mostrar antes. En la clase política colombiana habría que incluir a los grupos subversivos, tanto de derecha como de izquierda.

Aunque la Constitución del 91 incluye distintos mecanismos de participación, respecto de lo cual mucho habría que decir, quiero enfocar este tema desde otro ángulo, a saber, el del artículo 86, que es el que establece la tutela, como mecanismo de protección de los derechos fundamentales.

Del mero hecho del abrumador número de tutelas interpuestas por las personas colombianas podríamos inferir la misma idea anterior, según la cual Colombia es una empresa política fracasada. Es algo que en un país en estado de civilidad causaría indignación, pues lo que muestra ese número es, ni más ni menos, que los poderes ejecutivo y legislativo son enemigos de los colombianos, que tienen que estar clamando por el reconocimiento de los derechos que la misma Constitución les ha otorgado. Este hecho nos muestra que la participación, entendida en el sentido de que las personas colombianas logren finalmente convertirse en ciudadanos no pasa de ser una ilusión. Es en este sentido en el que es preciso entender la idea de participación. Sólo cuando las personas son ciudadanos pueden participar de la vida pública, del estado de derecho. Es a este sentido de participación al que muchos de los clásicos le han llamado virtud cívica y que en nuestra Constitución aparece como un deber y no como un derecho.

Hechos como éste explican el fervor en las circunstancias actuales del alto apoyo al gobierno, puesto que por primera vez en los últimos años —ya se había dado algo semejante durante la dictadura de Rojas Pinilla— el gobernante se acerca al “pueblo” y las voces de los individuos anónimos se escuchan de alguna manera y sus “vidas solitarias, pobres, desagradables, brutales y cortas”, sus opiniones, parecen ser tenidas en cuenta. Por desgracia no es más que un puro embeleco, pues la opinión no es la expresión de deseos insatisfechos, sino la de ideas respecto de decisiones difíciles “de trascendencia nacional”, como puede ser la de la instalación de bases militares extranjeras en el territorio nacional.

Por otra parte, si aceptamos la idea que del derecho tiene Fuller, arriba mencionada, tendremos que aceptar que la Carta constitucional es fundamentalmente un texto pedagógico que busca convertir a las personas en ciudadanos mediante el ejercicio pleno de la participación en la vida pública, que no es otra cosa que el estar cobijados por las normas.y viviendo según ellas.

Pienso que, en términos contemporáneos, esa idea de participación se corresponde con la de cooperación, en la idea de sociedad bien ordenada de Rawls, quien la concibe como “un sistema equitativo de cooperación.

No obstante la precariedad en algunos aspectos de la Constitución de 1991, su articulito 197 es de carácter estructural, pues su modificación habría exigido un ajuste sustancial en otros muchos aspectos para mantener el equilibrio y el control del poder como lo pensó Montesquieu, lo que no se hizo.

Unidos a este tema de la participación ciudadana y de la opinión hay otros dos a los que quiero referirme. El primero es el de la indiferencia o insolidaridad y el segundo es el del para-militarismo.

El primero se puede ilustrar con el vía crucis del profesor Moncayo y su hijo –y en general con el del secuestro– que, como el caso de las tutelas, produciría indignación en un país en estado de civilidad. La indiferencia, tanto de la clase política, como de los gobernados, como de los verdugos, no es más que una muestra del grado de postración de la sociedad colombiana, impía. Cuando se habla de opinión necesariamente se habla de diálogo, de interlocutores en busca de la clarificación de ideas, de deliberación para una mejor acción, en una situación de relativa simetría. Sinembargo, lo que tenemos en nuestro estado de naturaleza es la imposición, en muchas ocasiones a sangre y fuego, de unos sobre otros.

Tal el caso de los paramilitares. Envés macabro de las guerrillas de izquierda, lograron permear amplios sectores de la clase política hasta el punto de que se podría decir que ellos ganaron la batalla. El fenómeno del paramilitarismo no son solamente los 30 o 40.000 hombres armados de los que se habla; es algo más profundo. Si bien es verdad que, como las guerrillas y contra ellas, aterrorizaron a la población e impusieron su poder armado, en este proceso han estado acompañados de una amplia “opinión pública” –en el sentido de expresión de deseos que señalé antes– agotada de cincuenta años de vesánica crueldad de las guerrillas.

Si lo anterior es así podría entonces aceptarse como cierta la doctrina de que “el estado de opinión es la fase superior del estado de derecho”, sólo que habría que agregar que se trata de la opinión paramilitar.

Compartir:
 
Edición No. 151