Justicia y neo-autoritarismo
I
Las sociedades surgieron como tales porque la amenaza de guerra de todos contra todos y de una vida frágil, dura, breve y triste, como la imaginó Hobbes en el estado de naturaleza de los seres humanos, implicó que éstos antepusieran su propia fuerza y avidez de poder a la necesidad de garantizar una convivencia pacífica y civilizada.
Incluso sin el pesimismo ético que termina por justificar históricamente el absolutismo, se puede imaginar en forma optimista, como lo hizo Locke, que desde el estado de naturaleza los seres humanos podían compartir y construir juntos su vida. Sin embargo, al no estar explicitados los límites de cada quien respecto a los otros, esto es, sus deberes, ni los derechos que cada quien podía ejercer sin dañar o interferir los derechos de los otros, para evitar sus frecuentes violaciones o las conductas abusivas de unos frente a otros, fue preciso elaborar un conjunto de leyes o normas jurídicas “objetivadas”, que garantizaran reglas de juego transparentes, inteligibles y estables para todos. Fue así como las reglas, claras y coactivas, para regir la conducta externa de los individuos, comenzaron a configurar las relaciones mutuas, los vínculos entre los individuos y la sociedad, la relación entre gobernantes y gobernados y viceversa. Sin embargo, hoy, en sociedades complejas, no se trata de estructurar la sociedad sobre meros acuerdos de intereses según un esquema contractualista, ni sobre preferencias morales particulares que adquieran el carácter de ley, ni sobre criterios adscriptivos, ni según la tradición, ni por imposición de un poder dominante, sino sobre una interacción dialogal dentro de una lógica comunicativa, que favorezca, mediante mecanismos efectivos de participación, la construcción de extensos consensos normativos, a través de deliberación y debate públicos basados en una búsqueda cooperativa de la verdad.
II
En las sociedades complejas, la moral no puede convertirse en paradigma social, por cuanto se halla en el ámbito de las decisiones individuales. En cambio, el derecho positivo incorpora objetivos colectivos y el primero de ellos es la justicia, como expresión que conjuga la elección racional de individuos libres e iguales con la escogencia existencial de las personas como sujetos morales. El derecho fue, de este modo, la concreción de las condiciones que las personas de una determinada comunidad consideraron las mejores y más adecuadas para asegurar la vida de los individuos, resolver los conflictos y garantizar la paz. En la modernidad, mediante un pacto social, los individuos que formaban parte de esa comunidad establecieron las reglas de juego que acatarían como garantes de la estabilidad y la asociación interpersonal, indispensables para el progreso y la coexistencia equilibrada entre los distintos sectores de esa comunidad. Si bien el ordenamiento jurídico de toda sociedad recoge las normas, de obligatorio cumplimiento, mediante las cuales son “positivizados” los valores básicos de la existencia individual y de la convivencia social, en la modernidad, dos novedosas condiciones, sine qua non, sustentan el acatamiento de tales normas, es decir, hacen posible su legitimidad y no sólo su legalidad: por un lado, el consenso de la voluntad popular: soberanía de los ciudadanos frente a los poderes tradicionales, cuya dominación, monárquica o eclesiástica, pierde vigencia al dejar de ser caracterizada su fuente de autoridad como de origen divino. Por otro lado, la participación, ya sea indirecta, mediante representación, ya sea directa, mediante consultas de todos los ciudadanos e intervención en las decisiones públicas, que nos afectan a todos. Voluntad autónoma de los individuos, más allá de los intereses personales, como fuentes de la legitimidad y de la legalidad de las normas en lugar de imposición unilateral e incondicionada. Así, la justicia, objeto del derecho, se convierte en el instrumento por excelencia para asegurar una adecuada convivencia social y la principal meta del derecho, expresado históricamente en distintos ordenamientos jurídicos, es, entonces, la búsqueda y administración de justicia. Ésta, con el fin de cumplir con su función esencial, desde la modernidad está sustentada en principios, criterios de validez, entre los cuales es decisivo el de imparcialidad. Igualmente, el principio de universalidad y el de proporcionalidad están en la base de lo que podemos considerar hoy democracias, entendidas más como un método moral, como un modo ético de existencia, que como sistema político, en sus diversos regímenes. Significa que frente al riesgo de los relativismos morales la democracia se convierte en ética de alcance universal.
III
El ejercicio de la democracia, con sus variantes, garantiza la capacidad moral para juzgar algo como justo o injusto y dar razones, y para acceder a soluciones correctas. Se trata de una práctica social anclada en la vida en común y en el intercambio entre personas, que justifica juicios morales para que, en los planos social, político y económico, un estado de derecho sea un estado de justicia; para que, más allá del marco legal, mediante la equidad, un estado de derecho alcance legitimidad. El principio de imparcialidad supone una argumentación moral que no puede tener carácter monológico e implica la universalización. El pensamiento monológico es reflexivo, centrado en el sujeto. Pero la discusión ética como práctica social necesita, en la realidad, de la segunda y tercera persona, para confrontar, decantar, corregir errores, acordar; por ello, no basta que alguien piense que hace el bien para que realmente haga el bien. Se requiere un pensar dialogal, orientado al entendimiento y a la comprensión recíproca, pero no, como sostiene Habermas, para derivar del resultado de la discusión moral los principios válidos. A partir de principios valorativos, más allá de la reflexión individual y de los intereses personales, como presupuestos sustantivos sobre los cuales concurren todos los involucrados en la interacción discursiva, se construye la discusión intersubjetiva. Desde las discrepancias, diferencias, disentimiento y pluralidad, la “motivación racional” es la fuerza generadora de consenso de un argumento, según Habermas. De allí deriva el principio de universalización. Éste significa que hay normas cuyo ámbito de validez produce un acuerdo general. Quedan excluidas, por tanto, las normas motivadas por intereses particulares, intereses que no son susceptibles de universalización. El principio de proporcionalidad significa establecer una relación de equilibrio, de “medida justa”, de “justeza”, entre la violación de una norma y la sanción correspondiente. Ni desmesura, ni excesos. La justicia comporta indisolublemente el equilibrio. Sin justicia no hay equilibrio social. Sin equilibrio social, no hay paz sino violencia.
IV
En el presente, se percibe una crisis en la interpretación y significado de la democracia, en especial según la comprensión de muchos dirigentes políticos, tanto de países desarrollados, como de países en desarrollo. En los primeros, por el pánico terrorista y la presión migratoria como resaca de los efectos excluyentes de la globalización; en los últimos, por la disparidad entre el avance en la conciencia ciudadana, la creciente movilización de grupos de presión y organizaciones no gubernamentales de sociedades civiles participativas y la escasa respuesta del Estado, la incompetencia de los gobernantes frente a las demandas sociales mayoritarias, el incremento de la deuda social acumulada, postergada por las promesas incumplidas de los que dirigen el Estado; pienso en Venezuela, donde se acentúa cada vez más la brecha entre las estructuras formales de la democracia, la retórica gubernamental que la exalta y su modalidad populista para operar en la práctica, efectista, demagógica y complaciente a la vez que desmoronadas las instituciones que la configuran, pervertidos los efectos de la participación que la caracteriza y convertida la democracia en farsa o fachada hueca, mientras aumentan la concentración del poder, la centralización de las decisiones y las asimetrías sociales. Tales discrepancias marcan el espacio de la injusticia; la diferencia entre discurso y realidad, entre imposición y consenso, entre política y violencia. La violencia resulta, en estos casos, de la aplicación arbitraria del poder. Así como la justicia es lo contrario de la arbitrariedad, ésta constituye, en cambio, el factor determinante de la violencia contra los otros, del desconocimiento del respeto a los otros, propios de un poder tiránico, antidemocrático, ilimitado. Aquí podríamos hablar de un neo-autoritarismo, en cuanto se cuida la forma democrática pero se camufla, tras leyes o procedimientos aparentemente legales, una incondicional voluntad de dominio, ya sea ejercida por una sola persona, autocrática; ya sea ejercida por grupúsculos subordinados al poder del líder para justificar su autoridad, oligárquica. La razón política que está en la base de todo poder tiránico no es la justicia sino la dominación. En la antigüedad, en la época moderna, en la contemporaneidad o en los momentos actuales, incluso tras una retórica legal e institucional, la arbitrariedad nutre el despotismo. Su consecuencia ineludible va a ser la injusticia, a su vez, efecto de un poder omnímodo. Los regímenes despóticos, cuyos gobernantes no admiten la pluralidad de criterios o visiones, que detestan la contradicción, la disidencia, el respeto a las diferencias, intolerantes a la disensión y al desacuerdo, de talante personalista, mesiánico y caudillista, bajo apariencias de bonhomía, son neo-autoritarios. El líder no ignora la ley; pasa por encima de ella al convertirla, mediante interpretaciones sesgadas o leguleyas producidas por los Poderes Públicos subordinados al caudillo, en un mecanismo de represión, exclusión y sumisión de los ciudadanos, incluso de aquéllos que se pliegan al líder.
V
Es imposible, como pensaba Kelsen, deducir de la naturaleza normas que regulen la conducta humana, pues las normas expresan una voluntad y la naturaleza carece de ella como conjunto de hechos relacionados recíprocamente, regidos por el principio de causalidad. En cambio, las normas son una construcción humana, un producto simbólico de la capacidad inventiva, imaginativa y ordenadora que requiere todo ser humano para asegurar su sobrevivencia, no sólo física y material sino su pervivencia histórica, es decir, su existencia cultural y moral. En todos los planos de la existencia humana se plantean normas, morales, sociales, económicas, políticas, estéticas, jurídicas, como instrumentos reguladores de la vida colectiva y mecanismos de control para poner límites a los impulsos de poder entre seres humanos, cuya naturaleza consiste en ser libres e iguales, en poseer imaginación creadora, lenguaje y pensar. Sin embargo, no toda ley es justa. Se puede establecer un Estado de derecho, sin que el derecho responda a los valores y fundamentos éticos inherentes a todo ser humano, que garanticen la dignidad humana y a la persona en su integridad, sin degradar su humanidad. Cuando se escuda el poder dominante en normas de derecho para imponer un sistema de gobierno totalmente contrario a los intereses ciudadanos, es cuando podemos hablar de derecho inicuo, legalmente sustentado, pero ilegítimo desde el punto de vista moral, entendida ésta como conjunto de valores y preceptos fundados en los principios de universalización e imparcialidad, para su aceptación y acatamiento por todos los afectados. Es lo que vivimos en la Venezuela actual, “democrática”, con el presidente Chávez. Suponiendo sus buenas intenciones, nunca antes una sola persona, incluidos acólitos, había hecho tanto daño al país. Su elocuencia seductora, imbuida de una función mesiánica de la cual se siente depositario, fascina. Pero nunca antes hubo tantos sufrimientos sostenidos, psicológicos y emocionales, entre el pueblo venezolano. Nunca tanta amenaza, miedo, coacción económica, como hoy. Nunca tantos crímenes ni tanta saña y a la vez, tanta propaganda triunfalista de las autoridades para negar la inseguridad. Nunca tanta renta petrolera, ni tanto despilfarro, tanta ausencia de controles, tanta rendición de cuentas ignorada, tanta intolerancia, corrupción impúdica y descarada exclusión por razones políticas. El discurso chavista ha fracturado a familias, enfermado a la sociedad, sembrado el odio, el revanchismo y el resentimiento como motores de cambio social; ha trastrocado la lógica, envilecido la moral y el valor cívicos, arrinconado al empresariado privado, castigado y reducido el sector productivo nacional. “Los tiranos gobiernan sin leyes”, dijo el Presidente el 7 de agosto de 2008, en una graduación militar, para justificar 26 decretos con fuerza de ley, anunciados a última hora, que imponen, sin la obligada consulta, los contenidos confiscatorios y antidemocráticos de la reforma constitucional rechazada en diciembre de 2007. “No, Presidente, los tiranos no gobiernan sin leyes. Acomodan las leyes a sus conveniencias y propósitos particulares”. Someter las leyes al arbitrio personal del Presidente y redactarlas en función de un proyecto político parcial que estigmatiza a quienes no lo comparten, a espaldas de la Constitución y de los propios ciudadanos, implica amenazas graves para la estabilidad y la convivencia sana entre los distintos sectores: anarquiza la sociedad, desencadena una situación de injusticia estructuralmente sostenida por la arbitrariedad en el ejercicio del poder y efectos perversos que distorsionan el ejercicio de la política, comprendida como antídoto de la violencia, al anular los valores sustantivos de la democracia como sistema político vigente.